divendres, 28 de novembre del 2008

PATRIA POTESTAD - Javier Bueno Hoyos

Del latín Patria potestas: poder absoluto en indefinido del padre sobre los hijos.


La patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones que la ley reconoce a los padres sobre las personas y bienes de sus hijos mientras estos son menores de edad o están incapacitados, con el objetivo de permitir el cumplimiento a aquellos de los deberes que tienen de sostenimiento y educación de tales hijos.


La reducción del poder de los padres viene establecida por las legislaciones, pues la función de la patria potestad tiene como limite el interés superior de los hijos y su beneficio, quedando en manos de los poderes públicos la posibilidad de que, velando por los intereses del menor priven de la patria potestad a los progenitores. Y ello siempre, por supuesto, a través de procedimientos judiciales.


Cuando piensan, las madres de nuestros hijos, leerse esto. Cuando van a aprender que aunque un juez les otorgue la custodia de los niños en la separación o divorcio, aun siguen siendo hijos des sus padres con todo lo que eso conlleva.

¿Hasta cuando vamos a tener que enterarnos de que nuestros hijos están enfermos cuando ellas nos pidan dinero para este o aquel tratamiento? Cuando pedimos la custodia compartida algunos sectores, ¿feministas?, se descuelgan diciendo que lo que queremos es dejar de pagar; quizás si respetaran este sencillo termino no nos preocuparíamos tanto de conseguirlo de otra manera; quizás comprendieran que lo que queremos son a nuestros hijos por los que daríamos nuestro dinero, hacienda e incluso la sangre.

divendres, 21 de novembre del 2008

Las ayudas a los desfavorecidos...... Cristina Tenas Rosell

http://www.diariodemallorca.es/servicios/cartas/cartaLector.jsp?pIdCarta=11366&pRef=2008112600_0_0__Cartas

(1500€ de ayuda anual a las empresas que contraten mujeres maltratadas...)


A vueltas con el fallido Ministerio de Igualdad… me pregunto a qué se dedican exactamente la Sra Aído y sus colegas de Ministerio, y sobretodo qué concepto tienen de la palabra igualdad, y si disponen de un diccionario de consulta.

A colación de la ayuda de 1500 € que percibirán anualmente las empresas que contraten a víctimas de violencia de género, gesto que no me parece ni bien ni mal, pues considero que la ayuda a las personas realmente necesitadas no solamente pasa por la económica, me pregunto por que el Ejecutivo no promulga una ayuda igualmente para que se contrate a los padres divorciados víctimas de violencia psicológica, verbal y física, y a aquellos que malviven en coches o caravanas al no poder costearse una vivienda digna.

Es decir, que una vez más discriminamos a las víctimas. Las víctimas de género femenino deben de ser ayudadas mientras ignoramos a las de género masculino. Y, por que no acogiéndonos al articulo 14 de nuestra Carta Magna, ayudamos a todos por igual?

Que clase de política de género discriminatoria estamos promulgando? A donde nos quieren llevar como sociedad? Al abismo, y sin frenos.

Diari de Girona - Elena Porras eximida de pagar la pensió a la filla de la seva parella

http://www.diaridegirona.cat/secciones/noticia.jsp?pRef=2008112100_3_299610__Comarques-Eximeixen-dona-pagar-pensio-filla-seva-parella-sentimental


L'Audiència de Girona ha revocat una sentència que obligava una dona a fer-se càrrec de part de la pensió alimentària que havia de pagar la seva actual parella sentimental a la seva exdona. Segons el Jutjat de Primera Instància número 6 de Girona, els ingressos d'Elena Porras servirien per "coajudar a la sufració de la pensió".

La decisió judicial atorgava la guàrdia i custòdia de la nena a la mare. La parella es va separar formalment el 2004 i, aleshores, van firmar un conveni de mutu acord amb el qual el pare es comprometia a pagar 240 euros mensuals de pensió alimentària. Ara l'Audiència diu que "s'ha d'acceptar la queixa del pare" i considera "la impossibilitat de valorar els ingressos que pot percebre la nova parella sentimental per fixar l'import que ell va pagar en concepte d'alimentació". A més, la nova sentència redueix la pensió a 180 euros ja que té en compte que la mare té uns ingressos "una mica més alts" i una hipoteca inferior.

Per altra banda, al juny l'advocat de l'ex-dona va afirmar a aquest diari que la demanda s'havia iniciat perquè feia dos anys que el pare no pagava la pensió. En realitat, es basava en un divorci contenciós i les proves aportades i una testifical confirmen que es realitzaven abonaments parcials pactats amb l'exparella. La mare mai va renunciar als pagaments totals i el pare es va comprometre a abonar-los quan li fos possible

Carta a los Reyes Magos - M. Carme (Bcn)

http://www.diariobahiadecadiz.com/portileercartadirector.htm

Queridos Reyes Magos:

Ya sé que todavía falta tiempo para vuestra llegada, pero he querido escribiros con la suficiente antelación para que tengáis tiempo para traerme las cosas que os pido.Este año no os pido nada para mí, las cosas materiales no me son necesarias. Este año os pido que hagáis todo lo posible para que esos padres separados y sus respectivos padres puedan ver a sus hijos, que estas Navidades ningún padre se vea privado nuevamente de poder ver sentados a la mesa familiar a sus hijos. También os pido que a esos mismos padres no les falte recursos para llenar sus platos en esas fiestas.

Os pido además que llenéis esos corazones resecos de esas madres que obstaculizan constantemente la normal relación de esos niños con sus padres, relación que, por otra parte, tienen pleno derecho. Que, por una vez en mucho tiempo, dejen de pensar en ellas mismas y piensen en esos niños que los Jueces encomendaron su custodia con la finalidad de que velasen por ellos. Que se apague ese odio infinito que albergan en sus corazones y sean capaces de entender que, con su actitud, están haciendo sufrir innecesariamente a esos mismos niños a los que ellas dicen querer tanto.

También os pido que llevéis cordura y sabiduría a nuestros Jueces. Que no se dejen deslumbrar con esas demandas redactadas muchas veces por Letrados de afamado prestigio, repletas mayoritariamente de falsedades. Que sean capaces de analizar minuciosamente las pretensiones de la actora y que no permitan reclamaciones económicas que superen con creces las necesidades de los niños, ocasionando un enriquecimiento injusto de quien está encargado de administrarlas y un empobrecimiento paulatino del obligado a prestarlas. Que ambos padres dispongan de recursos suficientes para poder seguir cubriendo las necesidades de sus hijos. Que sepan considerar que el hecho de satisfacer la mitad de la cuota hipotecaria de la que fué vivienda familiar ya forma parte de la pensión por alimentos. Que sepan valorar que cuando la madre también percibe buenos ingresos por su trabajo también están obligadas a prestarles alimentos y no sea sólo el padre quien los deba cubrir en su totalidad en detrimento de sus propias necesidades.

Y eso es todo Majestades.
Simplemente quiero volver a ver sonreir a todos esos niños y que puedan tener la posibilidad de querer a sus dos padres por igual sin sentirse culpables por ello. Que puedan querer abiertamente a los dos porqué ambos les quieren a ellos.
Un millón de gracias.

dijous, 20 de novembre del 2008

Elena Porras eximida de pagar la pensió d'aliments a la filla de la seva parella.

http://www.elpais.com/articulo/cataluna/mujer/eximida/pagar/pension/hija/pareja/elpepuespcat/20081120elpcat_27/Tes



La Audiencia de Girona ha eximido a una mujer de contribuir a pagar la pensión de alimentos de la hija de su pareja, un hombre divorciado. La sentencia revoca otra que dictó el Juzgado de Primera Instancia número 6 de esa ciudad el pasado mes de junio, en la que se aseguraba que los ingresos de la mujer, Elena Porras, servirían para "coadyuvar a la sufragación [sic] de la pensión" de la hija de su pareja, a pesar de que ni siquiera viven juntos.

El juez realizó esas consideraciones en la sentencia de divorcio de los padres de la niña, que otorgó la guarda y custodia de ésta a la madre, estableció un régimen de visitas y fijó una pensión de alimentos, como ocurre en un caso así. El hombre recurrió y ahora la Sección Segunda de la Audiencia de Girona le ha dado la razón en lo que se refiere a la obligación de su nueva pareja de ayudar a costear el pago de la pensión de alimentos de la niña, que tiene cinco años. "Hay que aceptar la queja" del padre, dice el tribunal, y considerar la "imposibilidad de valorar los ingresos que pueda percibir la nueva pareja sentimental para fijar el importe que él ha de pagar como alimentos".

La sentencia reduce la pensión de alimentos de 240 a 180 euros mensuales al considerar la situación económica del padre y razona que se adopta esa medida para asegurar que el hombre pueda afrontar el pago. Y es que la madre tiene unos ingresos más elevados que los de él y paga una hipoteca inferior, recuerdan los jueces. "Las dos aportaciones han de ser sufucientes, por ahora, y ante la imposibilidad del padre de hacer una contribución mayor, para cubrir las necesidades básicas de una niña de cinco años que acude a la escuela pública", dice la Audiencia de Girona.

Elena Porras explicó ayer que los razonamientos de la Audiencia de Girona le parecen coherentes y que tranquilizan a miles de personas que pudieran encontrarse en una situación similar. "Yo no sé qué pintaba en todo eso", dice. Él vive en un piso de su propiedad en Llagostera, y ella, de alquiler en una pequeña vivienda de Platja d'Aro. Es allí adonde acude la niña con su padre los miércoles por la tarde, el día de la semana que la justicia le permite estar con él al margen de los fines de semana alternos y las vacaciones de Navidad, Semana Santa y verano.

A raíz de ese caso, Elena Porras contactó con otras mujeres y crearon la Asociación de Mujeres por la Igualdad y la Custodia Compartida "ADICC", que desde hace unas semanas está llevando a cabo diversas iniciativas a favor de una profunda modificación en la legislación en materia de divorcio. Hoy, con motivo del Día Internacional de los Derechos del Niño, han convocado una concentración frente a los juzgados de familia de Barcelona, junto con otras asociaciones.

Soy una mujer maltratada - Beatriz Ferrer Falque

Pero en contra de lo que pudiese parecer a simple vista, lo soy por otra mujer. La ex pareja del hombre con el que convivo.

Desde que ésta persona, madre de sus hijas, tiene conocimiento de que estoy conviviendo con su ex pareja, parece que no tiene otro objetivo que hacernos la vida imposible.

Se traslada a vivir a otra ciudad a unos 150km aproximadamente, sin que se produzca ningún cambio en el convenio ratificado en la ciudad donde vivían las niñas. Posteriormente tenemos conocimiento de que su nueva pareja tiene su lugar de trabajo en esa nueva ciudad y ese ha sido el motivo del traslado.

Obviamente, para poder ver a las niñas, debemos trasladarnos cada 15 días sin tener la seguridad de que podremos verlas.

Comienza a vivir con su pareja, que es una persona imputada por delitos de narcotráfico, en espera de juicio y que fué detenida en el domicilio donde viven las niñas, en la presencia de éstas, cuando salían de casa para llevarlas al colegio.

Cuando tenemos conocimiento de éste hecho, decidimos intentar solicitar la custodia, aún a sabiendas que con la ley de género, es prácticamente imposible que un padre consiga la custodia, pero entendímos que no podemos mirar hacia otro lado ante una situación en la que las niñas pueden correr riesgos.

Tras dos años de separación, ni durante su convivencia ha existido denuncia alguna.
A partir de que ella recibe la noticia de la petición de cambio de custodia, nos pone toda clase de impedimentos para ver a las niñas, incumpliendo el régimen de visitas establecido.

Además denuncia a mi pareja por malos tratos psicológicos realizados por teléfono, solicita una orden de alejamiento a su favor, la cual no recurrimos ni obviamente pensamos recurrir.

Tiene lugar un juicio en el que pide cárcel para mi pareja, la testigo de cargo que aporta, una amiga suya declara que ha escuchado la conversación telefónica y efectivamente ha sido maltratada.Nosotros poseemos la grabación de esa conversación que supone la prueba clave para demostrar que la testigo miente.No nos dejan presentarla, se dicta una sentencia condenatoria para el padre de las niñas, no lo condenan a pena de cárcel pero si a una compensación económica. Dicha sentencia está en apelación.

Para ésta persona, que no trabaja y cobra una pensión por alimentos de 3.000 ? mensuales, parece que todo éste calvario no es suficiente, asi es que, el último día de vacaciones, una de las niñas, jugando con su prima, durante una comida familiar, se cae y se roza el pecho y la barbilla.
Tras devolverla al domicilio de una prima de la madre (ya que no podemos acercarnos a su domicilio), solicita de nuevo una orden de alejamiento, ésta vez a favor de las niñas, alegando que las heridas de la pequeña han sido por malos tratos del padre.

Se interpone dicha orden de alejamiento, sin escuchar al padre que sigue viviendo a 150km de distancia, y sin efectuar un reconocimiento por un médico forense para determinar si efectivamente esas heridas han sido producto de malos tratos.

Ante toda ésta situación, yo, mujer, como ella, ¿que tendría que hacer? ¿Denunciarla porque intenta por todos los medios que sus hijas odien a su padre y a mi, diciéndoles que soy una puta, un cuervo y los cuervos sólo van con los muertos, que su padre se va a morir por gordo, que le voy a robar el dinero a papá?

Soy abogada de profesión y cuando entró en vigor la Ley contra la violencia de género, tuve mis dudas al respecto de su eficacia, pero ahora no tengo ninguna, es absolutamente eficaz para mujeres con ansias de venganza cuyas metas son más bien de tipo económico y que son capaces de casi todo.

Desgraciadamente pasando por alto los sentimientos y equilibrio emocional de sus hijos, que pasan a ser la moneda de cambio del chantaje emocional.Lo peor es que las mujeres que realmente son maltratadas no tienen la osadía de actuar así, porque son efectivamente maltratadas y de verdad viven en el miedo.

La realidad es que su padre y yo, (que también he establecido vínculos afectivos muy fuertes con las niñas), llevamos 2 meses sin verlas y se nos presentan unas Navidades bastante tristes sin ni siquiera poder enviarles una postal o llamarlas por teléfono.La semana pasada la abuela de las niñas y yo, enviamos un regalo a la pequeña por su cumpleaños, que por supuesto fué devuelto por su madre.¿Qué hacer ante ésta situación?

Me siento maltratada, impotente e insultada. Yo no vivo con ningún maltratador.
Mi maltratadora está a 150km y parece tener patente de corso amparada por una ley, que a mi modo de ver no sólo erradica la violencia de género, sino que la fomenta mucho más.

dimecres, 19 de novembre del 2008

Las nuevas feministas y sus revuelos... - Cristina Tenas Rosell

http://www.lavanguardia.es/lv24h/20081121/comentarios_53582816829-1.html

Contemplo perpeja en televisión el revuelo que varias asociaciones llamadas feministas han levantado a colación de un sorteo propuesto en una discoteca de moda.
El regalo a sortear es una operación estética de aumento de pecho.
Se quejan éstas nuevas feministas de la utilización de la imágen de la mujer como objeto, pero olvidan que si ninguna congénere se apuntara al sorteo y participara de semejante circo, siendo éstas las que viven sometidas a su aspecto, y las que se muestran como objetos, ningún sorteo parecido se llevaría a cabo.

Como mujer y feminista, me avergüenza e indigan aquellas mujeres que participan de éstos saraos sin sentido. Y como persona, me avergüenzo de aquellas que culpan a quienes no deben (los hombres) del mercadeo de carne e imágen femenina como objeto.

dijous, 13 de novembre del 2008

ADICC a la premsa

http://www.ciudadanos-cs.org/prensa/Agrupacion_Cs_de_Tarrasa_Custodia_compartida_de_una_vez_por_todas/1181/


Hay una asociación que desde Cataluña promueve la custodia compartida que merece una atención especial, esa asociación es ADICC. Son muchos los colectivos que enarbolan esa bandera que pretende la igualdad ante la ley de hombres y mujeres a la hora de abordar los complejos detalles de los procesos de separación y divorcio. Teniendo que garantizar el mejor futuro para los hijos la legislación actual produce un reparto desigual de los bienes y la custodia de los hijos es entregada casi siempre a la madre.
En el marco de la elaboración del nuevo Código Civil Catalán y de las recientes resoluciones judiciales a favor de la custodia compartida, Ciutadans-Partido de la Ciudadanía defiende la equiparación de derechos y deberes entre cónyuges a la hora de regular la custodia de los hijos en los casos de separación matrimonial. Este posicionamiento ha abierto muchas veces la veda a acusaciones demagógicas sobre lo si lo que en realidad se ataca son las políticas que tratan de favorecer la igualdad efectiva de la mujer en la sociedad. Esa clase de demagogia esconde la incapacidad por tratar los problemas de los ciudadanos desde posiciones ideológicas perdiendo de vista cuál es la realidad de las personas y cuáles son las soluciones posibles en un plano de igualdad entre ciudadanos, sean estos hombres o mujeres.
¿Por qué nos hemos referido a ADICC entonces?, pues porque es una asociación de mujeres, y este hecho da mucha más fuerza al argumento capital de esta reivindicación, son las propias mujeres las que demandan soluciones para un problema de discriminación que ha sufrido tradicionalmente el hombre. Desde Ciutadans no desaprovecharemos la oportunidad para recordar que es esa misma circunstancia la que abrió la posibilidad de un nuevo partido no nacionalista en Cataluña, el hastío de los propios catalanes por una clase política ensimismada en cuestiones identitarias.
Bien por ADICC, bien por esas mujeres directamente afectadas por casos de separación, es decir, tías y abuelas de menores que se ven privadas de ver a sus sobrinos y nietos, ya que toda una rama familiar queda amputada cuando se priva de la custodia a uno de los cónyuges. Y bien por todas aquellas entidades que trabajan por el ciudadano sin tener en cuenta su origen, su condición, su sexo o su color, esa es la senda que hay que compartir de una vez por todas si queremos construir una sociedad desacomplejada.

dilluns, 10 de novembre del 2008

ARTICULO REVISTA GIDONA (Octubre 2008)

Acciones por parte de ADICC,associació Dones per la igualtat i la custòdia compartida.
A raiz del artículo publicado en el número de octubre de la revista GIDONA,que se distribuye en Girona y provincia,que podreis leer a continuación.
Hicimos llegar mail a la revista mostrando nuestra queja,ya que no refleja la realidad,en la que se encuentran los padres no custódios,solicitando que nos dieran opción a réplica,por lo que,pedimos que les enviarais mails explicando vuestras experiencias y situaciones a raiz de vuestra separación.
Por ese motivo y habiendo recibido vuestros mails,la revista se ha puesto en contacto con nosotras,para expresarnos,que el artículo está bajo la responsabilidad de las abogadas que lo firman(que siguen a continuación)y que nos ofrecen la opción a réplica,por lo que ya está en manos de un reconocido abogado penalista,que colabora con Adicc.
Esta réplica,será publicada en nuestro blog y en la revista GIDONA(en breve).
PENSION DE ALIMENTOS EN CASO DE SEPARACIÓN Y DIVORCIO
(artículo traducido al castellano)
Hazte respetar! Abogados
Por:
Susanna Castellví Sarbakshe(Abogada mediadora familiar).
MªAngels Ragolta Palet(Abogada especialista en familia).
Entendemos por alimentos todo aquello que es indispensable para el sustento,es decir,comida,alojamiento,vestido,asistencia médica,educación...El padre o la madre que no tiene la guarda de los hijos está obligado a contribuir en su sustento.
la cuantía de la pensión para los alimentos que este deberá pagar irá en función de dos factores:
-Los ingresos que tiene la persona que está obligada a abonarla.
-Las necesidades de la persona que las recibirá.
La legislación vigente no prevee ningun baremo obligatorio en el que el juez se pueda basar a la hora de establecer la pensión que se habrá de pagar en cada caso.Por tanto,esta cantidad deberá de establecerse en función de la realidad de cada caso.De todas formas y de mediana,la cantidad de una pensión suele rondar los 300€uros de media.
La cantidad de la pensión que se fijará no será indefinida,permanente,sino que ésta podrá incrementarse o verse reducida en función de las necesidades del beneficiario,que en este caso son los hijos o las hijas y también en relación al aumento o disminución de los recursos económicos de la persona que está obligada al pago.
CUANDO ACABA LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?
Esta obligación acaba cuando el menor es económicamente independiente.Eso quiere decir que si cuando el hijo cumple la mayoria de edad no tiene recursos económicos suficientes para valerse por sí mismo porque,por ejemplo,todavia está estudiando,continuará siendo beneficiario de la pensión de alimentos.
Desgraciadamente cada dia hay más personas que se encuentran con que el progenitor que no tiene la guarda de los hijos no paga la pensión.Este es un delito que está en alza.
Desde el 2005,año en que se aprovó la denominada "ley del divorcio exprés",el número de divorcios ha aumentado considerablemente,en un 75%.La estadística también nos dice que un 51% de estos matrimonios que se rompen tienen uno o más hijos en común.En muchos casos,estos niños acaban convirtiéndose en las víctimas de otro tipo de violencia:"la violencia económica".
QUE PODEMOS HACER EN LOS CASOS EN QUE SE INCUMPLE EL PAGO DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?
El incumplimiento del pago puede ser de diversos tipos y puede tener diversos motivos detrás.A veces lo que pasa es que el progenitor que no tiene la guarda de los hijos se retrasa en su pago.En otros casos este no tiene en cuenta el aumento anual que ha de aplicarse a estas pensiones,que normalmente se calcula en función del aumento del IPC.Y también hay quién no paga esta pensión.Por lo que hace a los motivos,en muchas ocasiones lo que quiere conseguir quién no paga la pensión es simplemente molestar a su expareja,pero en realidad quién sale perjudicado siempre son los hijos.Y es que el incumplimiento de los pagos puede llegar a convertirse en algunos casos en una especie de control y violencia sobre la mujer y los hijos.Estas personas que son víctimas muchas veces no denuncian el incumplimiento de los pagos por el coste que esto les supondría y por el cansancio acumulado respecto a los contínuos impagos y la actitud de la expareja.
Solucionar este problema en algunos casos puede ser complicado.En el caso que el progenitor que incumple el pago tenga una nómina,el pago puede ser más fácil,porque se puede llegar a embargar esa nómina.Pero si se trata de un profesional liberal,que no tiene nómina,este cobro puede ser mucho más complicado.
Para intentar solucionar estos casos más difíciles el Gobierno está estudiando la posibilidad de crear UN FONDO DE GARANTIA DE PENSIONES.A través de este fondo,se podria avanzar una cantidad razonable al progenitor que tiene la guarda de los hijos que permitiria cubrir las necesidades del menor o menores.De esta manera después seria el estado quién reclamaria el dinero al progenitor moroso.
PREGUNTAS
Como se fijan y establecen las pensiones de alimentos?
De mutuo acuerdo y con la pareja siempre que este acuerdo sea posible.Si se llega a un contencioso,será el juez quién establecerá la cantidad a pagar.Lo hará en función de los ingresos,de los gastos generales y de las circunstancias personales del obligado y del beneficiario.
Que pasa con los gastos que no tienen una periodicidad?
Estos gastos se denominan gastos extraordinarios.Hablamos,por ejemplo,de las clases particulares,de las ortodoncias o de las actividades extraescolares.El financiamiento de estos gastos acostumbra a pactarse de mutuo acuerdo entre los dos progenitores.Si este financiamiento se decide de mutuo acuerdo,no es necesario que cada uno de los progenitores se haga cargo de la mitad de cada uno de los gastos extraordinarios.En caso que no se llegue a un acuerdo y que el conflicto llegue a juicio,el juez impone que cada uno de los progenitores se haga cargo del 50% de los gastos extraordinarios.
Hasta cuando está obligado el progenitor que no tiene la guarda de los hijos a pagar esta pensión de alimentos?
Hasta que el hijo sea independiente económicamente.
Tengo un hijo con mi pareja,pero no estamos casados.Que derechos tiene mi hijo?
los mismos que los hijos de una pareja que está casada.
Si no hay acuerdo sobre la cantidad de la pensión que me han de pagar,de que viviremos hasta que el juez fije la cantidad que debemos recibir?
Se pueden pedir unas medidas urgentes.Será el juez quién fijará la pensión de alimentos,el uso de la vivienda y la guarda y custodia de los hijos.

ADICC INICIATIVES - TAULA RODONA TERRASSA

Benvolguts afiliats a ADICC

Us informem que el proper dia 15 de Novembre a Terrassa es durà a terme una Taula Rodona sobre la Custòdia Compartida.

A aquesta iniciativa d'ADICC s'hi han sumat psicòlegs, advocats i gent rel.lacionada amb la lluita per la Custòdia Compartida.

Us donem la informació del cartell publicitari i us demanem la vostra assistència. Entre tots assolirem que la nostra societat sigui més justa, igualitària i emocionalment més sana.


15 Noviembre de 2008
BIBLIOTECA CENTRAL DE TERRASSA
Passeig de les Lletres nº 1
Mesa redonda por la custodia compartida.
Con la participación de:

José Domingo, Diputado de C’s
Arancha Coca, Psicóloga
Cristina Ogazón, Abogada
Núria Sauné, FECADISE (ADICC)

En el marco de la elaboración del nuevo Código Civil Catalán y de las recientes resoluciones judiciales a favor de la custodia compartida, EgaraCivitasconvoca una mesa redonda en favor de esta causa que pretende la equiparación de derechos y deberes entre cónyuges a la hora de regular la custodia de los hijos en los casos de separación matrimonial.
Más info en http://egara-civitas.blogspot.com

divendres, 7 de novembre del 2008

IGUALDAD PARA AMAR - Sergio Paradís (Castelldefels)

http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=559678&idseccio_PK=1006&h=

En contestación al Artículo de Lidia Falcón "Lo público y lo privado", y a una lectora de su misma opinión, diré que lo que es una aberración es que en el siglo XXI la Custódia compartida sea la excepción y no la regla.
Los hombres no somos neandertales, aunque algunas se empeñen en demostrarlo. También hemos evolucionado. Y sufrimos, al igual que una mujer. Y lloramos. Que se imagine esa mujer que de pronto le apartan de su hijo, que solo le ve cada dos fines de semana y los jueves por la tarde.
Pues esta tortura existe, es legal y miles de padres la sufrimos a diario. Basta ya de retratarnos como brutos e insensibles. Estamos igual de capacitados para educar y cuidar a nuestros hijos. He cambiado tantos pañales y he preparado tantas cenas como su madre. Seguramente más. Y me parte el alma pensar que hay aún hay muchos hombres y mujeres que piensan que el hecho biológico de parir es un derecho adquirido sobre los hijos y una superior capacidad de amar en la mujer.
Si pensamos en el bienestar de las futuras generaciones, es triste que la sociedad permita tal discriminación. Yo solo quiero compartir mi vida con mi hijo, y verlo crecer. Sacrificaría cualquier cosa por estar más tiempo con él. Solo pido igualdad. Igualdad para amar y ser amado.

Pedrito y el Lobo - Dagania Fraile (Abogada)

http://www.ekovocesnoticias.com/joomla/index.php?option=com_content&task=view&id=250&Itemid=28

Cuántas mujeres fallecen al cabo del año por malos tratos… Cuántas mujeres y hombres tienen que abandonar sus hogares por abusos domésticos de sus parejas y familiares… pero la pregunta no es cuántos son violentados, sino cuántos son engañados. Y engañados desde qué punto de vista? Pues engañados como jueces, como trabajadores sociales, como asistentes, como abogados, como parejas… y ello en base a qué? Pues en base a los beneficios que cierta gente puede obtener de interponer una denuncia por malos tratos y que ésta no sea real.

Existen mecanismos de justicia, y los mismos deben ser utilizados para lo que deben ser utilizados, es decir, por las personas efectivamente violentadas, maltratadas y perjudicadas. Pero desde luego que no deben utilizarse por mujeres o abogados sin escrúpulos, que optan por la solución fácil de “denuncia y vencerás”.

Cuando se interpone una denuncia por malos tratos, en España, automáticamente se obtiene que el marido (o padre), no olvidemos que esta ley sólo está hecha a favor de las mujeres violentadas por un hombre que sea familiar directo o pareja, salga de la vivienda en el momento mismo en que se interpone la denuncia.

Que el fulano en cuestión pase una noche en el calabozo, y que al día siguiente sea visto por un juez que le va a decir, en caso de que se pueda probar de algún modo que existió violencia (y recordemos que en la duda siempre a favor de la mujer) tendrá que abonar una pensión de hasta 300 Euros por cada niño que haya tenido, hasta 300 Euros por la pensión compensatoria a la mujer que se supone que ha maltratado, que automáticamente está viviendo fuera de lo que fue su hogar, y que no puede acercarse en menos de 150 metros ni a su mujer, ni a sus hijos.

Conclusión, mecanismos de protección existen… pero también mala fe y abuso de los mismos. Sirva en esta ocasión este artículo, como llamada de atención a las conciencias, y al cuento de “Pedrito y el lobo”, y no utilicemos una ley ni unos mecanismos que están previstos para situaciones límite, para defraudar no sólo al sentido común, sino también a una situación de justicia de quien realmente necesita protección y auxilio.

Si todos nos dedicamos a denunciar a nuestras parejas por malos tratos para que no vean a nuestros hijos comunes, y que encima se les quite hasta la posibilidad de protestar por ello, y salgan inmediatamente del hogar familiar, qué pasará con aquellas mujeres que efectivamente sí precisan que se les proteja… que simplemente, llegará un momento en que ni siquiera ellas se vean protegidas, porque ya nadie creerá que existen de verdad maltratadores.

dijous, 6 de novembre del 2008

FISCAL DE VIOLENCIA DE GÉNERO ACUSADO DE MALOS TRATOS A SU EX MUJER

Des de ADICC condenamos enérgicamente cualquier tipo de violencia. Así como las denuncias falsas. En ésta ocasión un Fiscal de Violencia de Género está siendo acusado del delito de maltratar a su ex esposa.
Esperamos de la Adminsitración actúe con la misma dureza que actúa aun cuando no tienen pruebas, en los casos de tantos hombres injustamente sentenciados a prisión y a alejamientos de sus hijos.

Si dicha acusación es cierta, nuestro deseo es que éste fiscal cumpla su pena íntegramente sea la que sea, y desde luego se le inhabilite de su cargo de por vida. Si las acusaciones son falsas, quizás sirva para que desde la Administración comiencen a darse cuenta de lo discriminatoria que es la ley 1/2004 de violencia de género y quizás, y solo quizás, se planteen defender a las reales víctimas de violencia y a los falsamente denunciados, que tambien son víctimas.

Sea como sea, que la justícia actúe en consecuencia, y si puede ser desde los principios constitucionales.


http://www.levante-emv.com/secciones/noticia.jsp?pRef=2008110600_19_516018__ComunitatValenciana-Acusan-fiscal-violencia-genero-Denia-malos-tratos-mujer

Levante-EMV.com » Comunitat Valenciana

violencia machista

Acusan al fiscal de violencia de género de Dénia de malos tratos a su ex mujer
Se enfrenta a una petición de nueve meses de prisión y dos años de no aproximación


M. Pérez, Gandia

El fiscal de violencia de género y Coordinador de los Fiscales en Dénia, V. L. F., se enfrenta a un juicio como supuesto autor de un delito de lesiones en el ámbito familiar en la persona de su ex mujer quien, supuestamente, tras un forcejeo se dio con la barandilla y perdió el equilibrio cayendo por las escaleras.El acusado es miembro de la carrera Fiscal desde 1994 y ha ejercido en los juzgados de Gandia -lugar donde supuestamente ocurrieron los hechos- y fue destinado en marzo de 2004 a los Juzgados de Dénia.La defensa de V. L. F., esgrime que este traslado de Gandia a Dénia acabó en una "inevitable menor dedicación a sus hijos" así como un "profundo cambio de carácter por parte de la madre". De hecho pide la libre absolución dado que acusa a la ex mujer de "aprovecharse" de que acudió solo para mantener una de las visitas acordadas "a sabiendas del singular daño que podría causarle".

La defensa del fiscal coordinador de Dénia respeta la ley pero protesta de la investigación y dice que la víctima se ha acogido de forma "desviada e instrumental" a los "beneficios" que la reciente Legislación de Protección Integral de la Mujer le concedía.

"La empujó por las escaleras"

La acusación particular pide un año de prisión, medidas de prohibición de aproximación y la suspensión de empleo o cargo público durante el tiempo de la condena y una indemnización de 30.000 euros. Así las cosas, señala en sus conclusiones que V. L. F., supuestamente, agarró a su ex mujer por el brazo y "la empujó por las escaleras", causándoles lesiones. El acusado huyó del lugar de los hechos "desoyendo los gritos de socorro" de la víctima.

El médico forense que atendió a la víctima señala que presentaba hematomas en el antebrazo derecho y tercios medio e inferior pretibiales derechos, erosiones lineales en el antebrazo derecho y crisis de ansiedad, certificando que "puede existir compatibilidad entre las lesiones que presenta y el mecanismo de producción de las mismas".

Según el relato del ministerio fiscal, V. L. F., cuando iba a ejercer su "derecho-deber" de visitas acudió al domicilio de su ex mujer. En el convenio se establecía un régimen de visitas respecto de los menores a favor de V. L. F., con excepción de la bebé a la que podía ver y comunicar con ella media hora cada vez que recogiera o entregara a los niños.En el rellano de la escalera, la víctima y su madre entregaron a la bebé en pleno llanto al acusado quien soportó durante media hora que la niña llorara y al no poder ser consolada por su padre, la ex suegra pidió que se la entregaran para calmarla.V. L. F., según el relato del ministerio fiscal, se negó queriendo él mismo calmar a la niña.

Su ex mujer dijo "déjalo mamá, no le supliques, él la va a tener por huevos, y no te la va a dejar" y con la tensión que se produjo el acusado dijo "tengo derecho a ver a la niña, como pago tengo derecho". Tras la media hora de visita, donde la niña no dejó de llorar, se la entregó a su ex mujer y ésta a su madre. En ese instante, la asió del brazo, ella intentó desasirse y al soltarle él bruscamente la ex mujer se dio contra la barandilla, perdió el equilibrio y cayó contra las escaleras.

La fiscal lo acusa de un delito de lesiones en el ámbito familiar y pide siete meses de prisión o 40 días de trabajos así como dos años de prohibición de aproximación a la víctima.

dissabte, 1 de novembre del 2008

Géneros de Violencia - Nota de Prensa (CAT / CAST)

Desde ADICC (Associació de Dones per la igualtat i la custòdia compartida) queremos denunciar el 'género de violencia' que la administración española está ejerciendo sobre los hombres divorciados.

Este género de violencia,que tanto tiene que ver con la violencia de género mal enfocada,está acabando con la vida de muchos hombres,que a pesar de que no consten en las estadísticas de muertes de género,forman parte.

El hecho,ya denunciado y expuesto por jueces mismos de que se mezcle y confunda la violencia de género con los divorcios,las falsas denuncias y sobre todo el mal asesoramiento de muchas mujeres en los procesos de divorcio está abocando a muchos hombres a la desesperación.Desesperación,que mezclada con la indefensión y la impotencia de intentar velar por su dignidad y condición de padres frente a un sistema que les ignora,les conduce,con demasiada frecuencia,a quitarse la vida al no verse ya capacitados para continuar luchando por aquello que es suyo.

En lo que va de año, la cifra es escalofriante y se acerca a las muertes de mujeres a manos de sus parejas o ex-parejas, muertes que sí se publican. Se trata de padres de família que se han quitado la vida por que han considerado que aquello que vivian no era vida, que ya no valia la pena luchar, que luchaban contra molinos de viento como el Quijote.

Defendemos la NO VIOLENCIA. Erradiquemos la violencia de género, la violencia institucional, la violencia legislada, y todo género de violencia.

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Desde ADICC (Associació de Dones per la Igualtat i la Custodia Compartida) volem denunciar el “gènere de violencia” que l’Administració espanyola està exercint sobre els homes divorciats.

Aquest gènere de violència, que tant té a veure amb la violència de gènere mal enfocada, està acabant amb la vida de molts homes, que malgrat no constin a les estadístiques de morts de gènere, en son part.

El fet, ja denunciat i exposat per jutges mateixos de que es mescli i confongui la violencia de gènere amb els divorcis, les falses denúncies, i sobretot el mal assessorament de moltes dones en els processos de divorci està abocant a molts homes a la desesperació. Desesperació, que mezclada amb la indefensió i la impotencia de intentar vetllar per la seva dignitat i condició de pares davant un sistema que els ignora, els duu a voltes, massa freqüents, a treure’s la vida al no veure’s ja capacitats per continuar lluitant per allò que és seu.

Enguany la xifra és esgarrifosa i s’apropa a les morts de dones a mans de les seves parelles o ex parelles, morts que sí es publiquen. Es tracta de pares de familia que s’han llevat la vida per que han considerat que allò que vivien no era vida, que ja no valia la pena lluitar, que lluitaven contra molins de vent com el Quixot.
Defensem la NO VIOLENCIA. Erradiquem la violencia de gènere, la violencia institucional, la violencia legislada, i tot gènere de violència.